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Los inversores y fondos avisan al Gobierno: la reforma del alquiler subirá los precios

Posted by admin on noviembre 28, 2018
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Las medidas en materia de vivienda que prepara el Gobierno de Pedro Sánchez preocupan a algunas de las mayores empresas norteamericanas en España. Así ha quedado reflejado en un desayuno organizado por la Cámara de Comercio de EEUU en España en el que participaba la ministra de Economía, Nadia Calviño. También ha hablado Claudio Boada, máximo responsable de Blackstone en nuestro país, que ha señalado que la reforma del alquiler disparará los precios.

Y esta advertencia llega en una semana en la que están previstas las negociaciones para que en breve el Consejo de Ministros apruebe la reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Los inversores y fondos muestran su desacuerdo con esta reforma, sobre todo porque el trato desigual que se les va a dar a profesionales y particulares.

Por ejemplo, en la reforma de la LAU está contemplado un aumento a cinco años de los contratos de arrendamiento, pero este número sube a siete años se el dueño es una empresa.

Además, advierten que la intención de que las subidas de precios queden limitadas al IPC anual va a provocar el efecto contrario: en lugar de contener los precios los van a disparar. “Si sabes que no vas a poder subir el precio en cinco o siete años, el nivel de entrada va a ser mucho mayor”, aseguran las empresas americanas.

“Con condiciones diferentes, el inversor profesional también dejará de invertir en reforma y acondicionamiento de las viviendas que tiene en cartera”, le ha dicho Claudio Boada a Calviño, tal y como recoge el diario La Vanguardia.

Lo que tienes que saber sobre la reforma del alquiler

1. Modificación de la normativa del mercado de alquiler (LAU):

  • Se ampliará el plazo de prórroga obligatoria de los contratos de alquiler de tres a cinco años, y se ampliará la prórroga tácita de uno a tres años para personas físicas. En el caso de que la parte arrendadora sea una persona jurídica serán 7 años de prórroga obligatoria y 3 de tácita.
  • Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, o de cualquiera de sus prórrogas, una vez transcurridos como mínimo cinco años de duración de aquel en el caso de personas físicas o siete años en personas jurídicas, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con seis meses de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará necesariamente durante tres años más.
  • Se establecerá que no se podrán pactar garantías adicionales a la fianza en metálico hasta un máximo de dos mensualidades de la renta. Los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato irán a cargo del arrendador, en los supuestos en los que el arrendador sea una persona jurídica.
  • Se establecerá que el derecho del arrendador a recuperar la vivienda antes del plazo legalmente establecido deba estar recogido en el contrato de arrendamiento, de forma que se impulse la estabilidad para el arrendatario y se conozcan de forma transparente las condiciones del contrato.
  • Se incluirá la posibilidad de que las AAPP competentes ejerzan los derechos de tanteo y retracto cuando la vivienda arrendada se venda conjuntamente con las restantes viviendas o locales propiedad del arrendador que formen parte de un mismo inmueble y cuando se vendan de forma conjunta por distintos propietarios a un mismo comprador la totalidad de los pisos y locales del inmueble.

2. Creación de un índice de precios de alquiler en determinadas zonas

  • Los Ayuntamientos podrán elaborar un índice de precios de alquiler de referencia de acuerdo con una metodología objetiva y sujetos a revisión periódica. Los consistorios podrán declarar temporalmente una zona urbana de mercado tensionado cuando se haya producido un incremento abusivo de las rentas de alquiler de vivienda habitual.
  • El objetivo del Gobierno es que los Ayuntamientos y las CCAA puedan regular y limitar las subidas “abusivas” del precio del alquiler en las zonas previamente declaradas tensionadas y a la vez evitar posibles efectos de contracción de la oferta de vivienda en alquiler.

El Gobierno se compromete a desarrollar los proyectos normativos necesarios para el cumplimiento de lo previsto en este apartado durante 2019.

Recordamos que la medida de limitar el precio del alquiler ya se ha puesto en marcha en varias ciudades europeas, como Berlín o París, con resultados negativos, ya que, lejos de poner tope a las rentas, se ha conseguido el resultado contrario: subidas de precio.

FUENTE:

 

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